Proyecto que reemplazaría Ley PIACI pondría en riesgo seguridad energética y restaría oportunidades para las poblaciones indígenas

La Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE) señaló que es importante proteger a las poblaciones indígenas en situación de aislamiento y contacto inicial (PIACI) y a la vez, de apoyar a la reactivación económica de las comunidades amazónicas que residen en las reservas o áreas de amortiguamiento.

En este sentido, el director ejecutivo de la SNMPE, Pablo de la Flor informó que ya existe una ley desde el año 2006 que protege a las PIACI y que garantiza el no contacto con estas.

El dictamen sobre el proyecto de ley 4044 aprobado por la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos del Congreso, no solo resulta innecesario, sino que, al prohibir todo tipo de actividad económica en los territorios de las reservas y sus zonas de amortiguamiento, cierra las oportunidades de desarrollo para las otras comunidades que residen en este amplio territorio”, comentó.

No se justifica otra ley

La ley PIACI del año 2006 -indicó- quiere ser modificada por otra norma similar (proyecto de ley 4044) sin haberse realizado un análisis técnico y desconociendo así que ya la Ley 28736 establece con claridad todas las medidas tendientes a resguardar la salud e integridad de los PIACI.

Respecto a la emergencia por la pandemia usada por la Comisión Parlamentaria como excusa para la modificación normativa, -añadió- que el Gobierno emitió el Decreto Legislativo 1489 que fija medidas adicionales de protección para los pueblos indígenas, encargando a los Ministerios de Cultura y Salud desplegar las acciones necesarias para velar por la salud de este sector de la población.

El DL 1489 también reafirma la protección de los PIACI asegurando el no contacto, por lo tanto, la causa que motiva el proyecto de ley 4044 no existe”, afirmó Pablo de la Flor, al explicar que las empresas del sector hidrocarburos no están desarrollando ninguna actividad que implique contacto con dichas poblaciones, conforme lo establecen las normas y sus protocolos sanitarios aprobados por los Ministerios de Salud (Minsa) y de Energía y Minas (Minem).

Lo que nos preocupa –subrayó- es que de aprobarse el dictamen recaído sobre el proyecto de ley 4044 en el pleno del Congreso, se estaría descartando el desarrollo de cualquier actividad económica y de infraestructura, así como del aprovechamiento de los recursos naturales, dado que se declararían intangibles las reservas y territorios donde se ubican los PIACI.

Proteger los derechos y la salud de los PIACI no debe significar condenarlos a vivir postergados y sin tener opciones de desarrollo que les permitan mejorar su calidad de vida. Esa es la disyuntiva que no han considerado algunos congresistas que sólo promueven leyes con un claro afán de protagonismo político en contra de los intereses de las propias comunidades y del país en su conjunto”, aseveró Pablo de la Flor.

En ese contexto, indicó que causa extrañeza que la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso, cuya función primordial es la de dictaminar iniciativas legislativas vinculada a los Derechos Humanos, pretenda inhibirse de analizar este proyecto de ley que fue aprobado por la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, más aún por su impacto en las normas constitucionales y legales del país.

Exhortamos a los integrantes de la Comisión de Justicia a asumir el rol que les corresponde como legisladores, lo que amerita que cumplan con estudiar y discutir sobre las consecuencias que traería la aprobación de una norma de este tipo para el futuro del Perú”, refirió.

Impacto en seguridad energética

El representante de la SNMPE sostuvo que otro alcance del proyecto de ley que alarma es la prohibición del ingreso de las empresas a las reservas para desarrollar sus actividades productivas, no obstante señalar demagógicamente que la norma supuestamente consagra el respeto de los contratos existentes.

Asimismo, el citado proyecto autorizaría al Poder Ejecutivo a revisar y modificar los contratos, situación que generará gran inseguridad jurídica, pues se vulneraría el artículo 62 de la Constitución, según el cual los contratos sólo pueden ser modificados por acuerdo de todas las partes involucradas.

Este tipo de proyectos de ley –manifestó- atentan contra el Estado unitario, que de acuerdo al artículo 66 de la Carta Magna, es el soberano del aprovechamiento de los recursos naturales, y quien debe establecer que proyectos se requieren y son necesarios implementar en favor del desarrollo del país.

Si el dictamen de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos es aprobado por el pleno del Congreso, se afectará gravemente la seguridad energética del país porque no podrán seguir operando importantes yacimientos de gas natural ubicados en la selva peruana; y no sería posible otorgar la concesión de Siete Regiones que tiene como finalidad llevar el gas natural a los hogares de las zonas alto andinas y cuya buena pro esta prevista otorgarse en tres meses”, explicó.

Igualmente, anotó, se frustraría la licitación del Sistema Integrado de Transporte – SIT (ex Gasoducto del Sur).  Ambos proyectos son necesarios para lograr la tan ansiada masificación del gas natural a nivel nacional que es un clamor de las regiones del centro y sur del país”, refirió.

Finalmente, dijo que el dictamen sobre proyecto de ley aprobado por la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, no sólo condena al atraso y a la miseria a los PIACI, sino que también frustrará el desarrollo del sector energético peruano, convirtiéndose en una severa amenaza para la seguridad energética del país.

Fuente: Difusión

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