- Conoce los beneficios de la Ley de Masificación del Gas Natural: Ley 32315
- Empleo en el sector minero registra incremento en el primer bimestre de 2025
- Perú promueve potencial minero-energético entre inversionistas del Golfo Pérsico
- Inver, la empresa encargada de construir la planta solar fotovoltaica más grande del Perú
- De Toronto a Lima: la historia de cómo nació proEXPLO, el encuentro de exploración minera en Latinoamérica
Sociedad Minera Corona se acoge a suspensión perfecta parcial por no poder reiniciar actividades

Sociedad Minera Corona ejecutará un programa de suspensión perfecta de labores de tipo parcial al amparo de lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 038-2020, a partir del 12 de mayo de 2020.
El gobierno, alega la empresa, no ha considerado a la mediana minería subterránea (a la cual pertenece Sociedad Minera Corona S.A.) dentro de la fase 1 del reinicio de actividades a que se refiere el Decreto Supremo Nro. 080-2020-PCM.
La suspensión perfecta de labores de tipo parcial implica que una parte de los trabajadores de la compañía quedará exenta temporalmente de su obligación de prestar sus servicios y, por su lado, la minera no tendrá la obligación de pagar la remuneración respectiva, sin que desaparezca el vínculo laboral.
Con todo, Sociedad Minera Corona continuará realizando las actividades críticas autorizadas por el gobierno con personal mínimo indispensable (no incluido dentro de la suspensión perfecta). La empresa explota el depósito Yauricocha.
Esta decisión no obsta a que la compañía, si acaso se produjesen cambios trascendentes en el sector minero durante esta pandemia, evalúe y decida dejar sin efecto total o parcialmente la suspensión.